El video en el que aparece Guillermo Miranda insultando a un repartidor venezolano invita a recordar cuáles son las sanciones y penas en contra de la discriminación en distintos países de nuestra región
“Los venezolanos no solo sufrimos en Venezuela”. Así se titula un artículo de opinión publicado en “The Washington Post”, que evidencia la situación de los migrantes de ese país que han aterrizado en naciones vecinas.
La xenofobia está presente tanto en las altas esferas de los gobiernos como en la calle. Ahí está el video de Guillermo Miranda insultando a un trabajador venezolano de Rappi para demostrarlo.
El autor del artículo anota que llegó al Perú en el 2018 junto a su pareja y que el recibimiento fue con los brazos abiertos. Pero que, poco a poco, “un discurso xenofóbico, que era usual escuchar desde el norte global, comenzó a sentirse en América Latina”.
Él cita ejemplos: el mandatario ecuatoriano Lenin Moreno relacionó la delincuencia y el crimen con los refugiados venezolanos; el pueblo de Pacaraima en Brasil destruyó campamentos de venezolanos.
#TodosSomosDiana pic.twitter.com/BE4RuduxT2
— Lenín Moreno (@Lenin) January 20, 2019
En el Perú, el país que ha acogido a más ciudadanos venezolanos después de Colombia, el caso de Guillermo Miranda se destaca. El exministro del Interior, Carlos Morán, afirmó en una entrevista:
“No quiero ser xenófobo, [pero] por la presencia de ciudadanos venezolanos se han incrementado, se han disparado estos indicadores (de la incidencia delictiva)”.
¿CÓMO SE SANCIONA LA XENOFOBIA EN LA REGIÓN?
El Comercio anota que, en el caso de Guillermo Miranda, podría iniciarse un proceso de discriminación, cuyas “penas van de dos a tres años y con servicios comunitarios”.
No es necesaria una denuncia del agraviado, sino que el mismo fiscal puede actuar de oficio.
En tanto, la Municipalidad de Miraflores (donde sucedió el hecho discriminatorio y en cumplimiento con sus ordenanzas 437 y 480/MM), ha multado a Miranda con 4.300 soles.
La Municipalidad de #Miraflores procedió a sancionar con una UIT (s/ 4,300) al sujeto que agredió al repartidor de delivery, en aplicación de las Ordenanzas 437 y 480/MM. La Procuraduría Municipal pondrá en conocimiento de los hechos a la Fiscalía para los fines correspondientes.
COLOMBIA
“CNN” recoge que, en el 2011, se promulgó la Ley 1482 que busca proteger a aquellos vulnerados por “actos de racismo o discriminación”.
Sea la razón que sea (raza, religión, ideología política, origen nacional étnico o cultural), el agresor deberá pagar una multa de entre 10 y 15 sueldos mínimos legales. Hoy día, la suma varía entre 2.400 y 3.500 dólares.
Si la justicia lo decide, además, podría ir a la cárcel entre 12 a 35 meses.
MÉXICO
Allí existe la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en la que también se incluye la “xenofobia y el antisemitismo en cualquiera de sus expresiones”.
Las víctimas deberán querellar a los agresores y, recién allí, se conocerá la sanción completa.
Aun así, la ley contempla aplicar una sanción de “uno a tres años de prisión o de ciento cincuenta a trescientos días de trabajo a favor de la comunidad y hasta doscientos días multa al que […] atente contra la dignidad humana”.
Pero en el caso de servidores públicos se los inhabilitará de cualquier cargo en el Estado “por el mismo lapso de la privación de la libertad impuesta”, y se le “aumentará en una mitad la pena prevista” arriba.
BOLIVIA
En el 2010, se pasó la Ley 045, que sanciona el racismo y “toda forma de discriminación”.
La pena es ir a la cárcel entre uno a cinco años.
“El Mundo” cubrió la publicación de dicha ley, y anotó que los actos de “discriminación menores” se castigarían con “trabajos en beneficio de la comunidad, por ejemplo, poner a los culpables a barrer la plaza principal de su ciudad”.
CHILE
La Ley 20609 se presentó en el 2005, pero recién fue aprobada en el 2012. Conocida como Ley Zamudio (en referencia al joven homosexual asesinado), entiende la discriminación como:
“Toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que se base en determinados motivos, como la raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, el origen nacional o social, posición económica…”.
Se trata de un marco legal que trata de evitar la discriminación arbitraria, que es “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable efectuada por agentes del Estado o particulares”.
El culpable de discriminación deberá pagar, según dicte un tribunal, entre 5 a 50 Unidades Tributarias Mensuales (333 a 3.339 dólares). De tratarse de una acusación sin fundamento, la persona que presentó la denuncia deberá pagar entre 2 a 20 UTM (133 a 1.335 dólares) al fisco.
BRASIL
Hasta el 2017, la ley de migración databa de la última dictadura militar (1964-1985), y según la agencia Reuters, entendía que los inmigrantes eran “una amenaza”. El expresidente Michel Temer cambió la mirada para garantizarles “prácticamente los mismos derechos que a los nacionales”.
Ahora, la ley “criminaliza la xenofobia, el racismo y cualquier forma de discriminación a los migrantes, quienes pasan también a tener derechos a participar en sindicatos y protestas políticas”.
Asimismo, se empezó a reducir los trámites burocráticos “exigidos a quienes buscan refugio o residencia en Brasil”.
ARGENTINA
La Ley 23.592 (publicada en 1989) protege de discriminación en todo el sentido de la palabra, desde la raza, religión, nacional, hasta posición económica y características físicas.
Si la denuncia de discriminación es aceptada, se le puede pedir una indemnización al agresor. Además, este puede ir a la cárcel (entre un mes a tres años) si es que:
Es parte de una organización que discrimina
Hace propaganda sobre la superioridad de una raza o religión
Alienta la persecución o el odio



