Gobierno promulgó ley que autoriza la libre disposición de la CTS.

Luego de que el Ejecutivo aprobara la libre disposición de los montos correspondientes a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de los trabajadores formales, surge la interrogante ¿Qué procedimientos faltan para realizar el cobro?

El pasado 17 de mayo, el Gobierno de Dina Boluarte promulgó la Ley N.° 32027 que autoriza la libre disposición del 100% de la CTS, proyecto que fue debatido y aprobado previamente en el Pleno del congreso de la República y posteriormente promulgado y publicado en el diario oficial El Peruano. El retiro de los montos correspondientes a este beneficio social, con el que gozan todos los trabajadores formales que se encuentran en planilla, se podrá realizar hasta el 31 de diciembre del 2024

¿Qué procedimientos faltan para realizar la liberación de CTS?

Según la norma, el Ejecutivo deberá derivar la mencionada ley al Ministerio de Trabajo, quienes cuentan con un plazo máximo de 10 días para proceder con su reglamentación y posterior entrada en vigencia, el plazo inicia desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, dicha publicación se realizó el pasado (17 de mayo).

El Ministerio de Trabajo tiene hasta el 28 de mayo para publicar la reglamentación de la Ley N.° 32027, por lo que se estima que el cobro y liberación a los trabajadores formales se realice entre los últimos días del mes de mayo.

Cabe destacar, que en el caso de la libre disposición de los montos de CTS su retiro se podrá realizar un día después de la publicación de la norma por parte del Ministerio de Trabajo (28 de mayo, fecha límite de reglamentación).

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