La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha anunciado que el plazo para acogerse al Fraccionamiento Especial de deudas tributarias se ha extendido hasta el 28 de febrero de 2025.

El contribuyente puede saldar la deuda en su totalidad. Si la deuda corresponde solo a intereses y multas, estos pueden extinguirse mediante un bono de descuento de hasta el 100%.

El Pago sumario consiste en una cuota inicial mínima del 25% de la deuda (menos el bono de descuento), con el saldo a pagar en hasta tres cuotas mensuales.

Y el pago fraccionario requiere una cuota inicial mínima del 10% de la deuda, y el saldo se fraccionará en hasta 72 cuotas mensuales, con un monto no inferior a S/ 260 por cuota, excepto la última. El bono de descuento se aplica a las últimas cuotas.

Este fraccionamiento está destinado a deudas tributarias administradas por SUNAT, tales como Impuesto a la Renta, IGV, ISC, y otros, siempre que las deudas sean exigibles al 31 de diciembre de 2023 y estén pendientes de pago.

Pueden acogerse también deudas contenidas en resoluciones de determinación, órdenes de pago, resoluciones de multa, liquidaciones de cobranza o cualquier otra resolución, incluso aquellas que se encuentren impugnadas o en proceso de cobranza coactiva.

Asimismo, se incluye a los saldos de aplazamientos y fraccionamientos vigentes o aquellos que hayan perdido la vigencia.

TE PUEDE INTERESAR

Si te interesa nuestras noticias, puedes seguir nuestras últimas publicaciones por Facebook, Twitter, y puedes suscribirte aquí a nuestro canal de

TUITEA COMENTA Y COMPARTE